El Tribunal Supremo ha anulado por “usurario” el crédito de un banco a
un consumidor a un interés del 24,6%. La Sala de lo Civil, en una
sentencia de la que sido ponente el magistrado Rafael Sarazá, ha
estimado el recurso de casación del afectado y rechaza la demanda que
interpuso contra él el Banco Sygma Hispania para que le pagase 12.269
euros más intereses por deudas del crédito concedido. El Supremo
rectifica un Juzgado de Cerdanyola del Vallés y a la Audiencia de
Barcelona, que dieron la razón al banco y condenaron al consumidor a
pagarle esas cantidades.
El alto tribunal da la razón al cliente y anula la operación de
crédito denominada ‘revolving’ (asimilable a un préstamo personal al
consumo) al considerar que incurre en los dos requisitos impuestos en la
Ley de Represión de la Usura
para ser tachada de “usuraria”, ya que el interés fijado era de más del
doble del interés medio de los créditos cuando se firmó el contrato.
Esta ley, de 1908 aún vigente, establece que “será nulo todo contrato de
préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal
del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del
caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino”. seguir leyendo en: FUENTE http://economia.elpais.com/economia/2015/11/30/actualidad/1448889859_284243.html
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